Las solicitudes se podrán recoger y tramitar en las cinco Juntas del Distrito de Móstoles, y en el Registro General del Ayuntamiento (más información en la web
www.mostoles.es).
El plazo de presentación de la solicitud será de un mes desde la publicación de estas bases en el BOCM para los nacidos con anterioridad a la publicación de la misma (plazo de solicitud hasta el 1 de julio de 2010); y de un mes desde su nacimiento, para los nacidos con posterioridad a la fecha de publicación, siendo la fecha límite de presentación el 31 de enero de 2011.
Las ayudas serán concedidas a las familias que tengan una renta per cápita que no exceda los 8.257 euros anuales y que tengan su residencia fijada en la ciudad, de forma ininterrumpida, durante 5 años anteriores a la solicitud de la ayuda. En ese sentido, al menos uno de los padres deberá estar empadronado y cumplir con este requisito.
Asimismo, no tener deudas con el Ayuntamiento en el momento de la solicitud y estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, son otros de los requisitos.