Madrid recuerda a los ayuntamientos las medidas preventivas a aplicar ante la época de riesgo alto de incendios forestales

· Antes del inicio de este periodo, del 15 de junio al 30 de septiembre, los propietarios deben revisar y desbrozar la vegetación en sus parcelas y en una franja perimetral

· Además, está prohibido el uso del fuego y el lanzamiento de pirotecnia, salvo autorización expresa, que se requerirá también en la utilización de maquinaria agrícola

La Comunidad de Madrid ha enviado una carta a todos los ayuntamientos de la región recordándoles las medidas preventivas a aplicar ante la época de riesgo alto de incendios forestales, comprendida entre el 15 de
junio y el 30 de septiembre. El objetivo de esta iniciativa es minimizar tanto la incidencia como la virulencia de estos siniestros.


En la misiva remitida a los 179 municipios, la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112) ofrece una serie de recomendaciones incluidas en el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (INFOMA 2026). Entre ellas, se solicita a los consistorios la colaboración para que se realicen las labores preventivas que procedan en los terrenos de su titularidad.


Asimismo, que los ayuntamientos informen a los particulares sobre la obligación de revisar y desbrozar la vegetación en sus parcelas y en una franja perimetral. Así, los restos generados se tienen que depositar en puntos limpios o en vertederos habilitados, evitando su acumulación en lugares no aptos. Además, está prohibido el uso de fuego en terreno forestal y en una franja de 400 metros circundantes, y el lanzamiento de elementos que puedan provocar ignición, tales como cohetes y artefactos pirotécnicos, salvo autorización expresa, bajo las medidas de seguridad correspondientes.


Estos requerimientos también se dan en el uso de maquinaria y equipos cuyo funcionamiento pueda generar deflagraciones, chispas o descargas eléctricas, como la agrícola, material de corte o soldaduras, entre otros. Igualmente se incide en la necesidad de extremar la precaución en las zonas de interfaz urbano-forestal y mantener operativos los medios contraincendios disponibles, como las redes de hidrantes, sistemas de riego o reservas de agua.

Además, para las localidades situadas en áreas de alto riesgo de incendio forestal es obligatorio elaborar un bando municipal con medidas preventivas específicas, que se recomienda al resto de poblaciones de la región. Asimismo, la ASEM112 destaca la importancia de los planes de autoprotección de urbanizaciones aisladas o alejadas de la zona urbana, así como las tareas de inspección y control por parte de los consistorios.