La causa se inició en octubre de 2020 aceptando la inhibición del Juzgado Central de Instrucción Número 6 por presuntos delitos de corrupción detectados en una pieza del caso ‘Púnica’.
La diligencia de ordenación es un acto administrativo que se lleva a cabo dentro de un proceso judicial. El objetivo de este acto es organizar, impulsar o aclarar el proceso, garantizando que se cumplan los plazos y se respeten los derechos de las partes involucradas.
La magistrada exponía que existen «una serie de circunstancias, que vincularían a Ana Millán, en la época en que era concejal en el Ayuntamiento de Arroyomolinos, y su entorno con Grupo Educativo, las cuales pudieran tener relación con posibles irregularidades en materia de contratación o con supuesta contraprestación por las adjudicaciones de contratos públicos del Ayuntamiento de Arroyomolinos al citado grupo empresarial, dirigido por Francisco Roselló«.
Esto no hace realmente más que abrir un periodo de organización por parte del TSJM para esclarecer lo ocurrido, sin que de momento haya cargos judiciales.
























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