El Juzgado de Primera Instancia Nº 21 de Valencia ha dictado una importante sentencia en favor de un grupo de 87 afectados por la Cooperativa de Viviendas Móstoles Sur, en Madrid. Esta decisión condena a la entidad financiera Bankia a devolver las cantidades aportadas a estos cooperativistas más los intereses legales correspondientes, por lo que estos compradores consiguen recuperar el dinero invertido por la compra de una vivienda que nunca les han entregado.
La indemnización a la que tiene que hacer frente Bankia asciende a 4.448.825 euros más 1.722.958 euros de intereses legales, lo que suma un total de 6.171.783 euros.
Esta nueva sentencia, basada en la Ley 57/68 que protege los derechos de los compradores de vivienda sobre plano, vuelve a dar la razón a estos confirmando que la ley está a favor de los compradores y cooperativistas de viviendas y que los bancos tienen responsabilidad frente a ellos.
Móstoles Sur Sociedad Cooperativa Madrileña de Viviendas es una cooperativa que tuvo en proyecto desarrollar diferentes promociones; algunas se construyeron y la gente obtuvo sus viviendas, como en el caso de las casas de La Gavia. Sin embargo, esto no ocurrió con la promoción que iba a construirse en el Sector Las Viñas I en Navalcarnero, por problemas fundamentalmente de desarrollo urbanístico, las viviendas de las Viñas I nunca llegaron a construirse. La Cooperativa se constituyó en el año 2004, si bien, la mayoría de los cooperativistas se adhirieron en el año 2007. Aunque de los documentos firmados no resulta que hubiera una fecha concreta y comprometida de entrega de las viviendas de los planes de pagos pactados se deduce que la entrega estaba prevista en el año 2009. No obstante, lo cierto es que a día de hoy las viviendas no se han empezado a edificarse ni se van a construir. Por tanto, dada la situación y teniendo en cuenta que la cooperativa no contrató el seguro de entregas a cuenta o aval bancario que exigía la Ley 57/68, y dado que el banco tampoco verificó que dicha garantía existía para cubrir sus aportaciones en caso de que las viviendas no se entregasen en el plazo pactado por los cooperativistas, ahora, la entidad financiera debe responder frente a estos 87 cooperativistas de vivienda.
La sentencia afirma que “la Cooperativa nunca contrató el seguro o aval de la Ley 57/68, siendo responsable el Banco, dado que sabía que abonaban a la cooperativa los adelantos en una cuenta aperturada en dicha entidad, siendo además que Caja Madrid incluso financió a algunos socios la aportación inicial, los recibos se enviaban desde la oficina de Caja Madrid, dos meses antes, financió la primera de las promociones de la Cooperativa, los terrenos de pagaron con cheques bancarios emitidos por la oficina de Caja Madrid”. Por ello y en base a la Ley 57/68, el Juzgado declara a Bankia responsable.
En palabras de Marta Serra, directora de El Defensor de tu Vivienda: “Nuestros Juzgados y Tribunales siguen dando la razón a los cooperativistas y compradores de vivienda afectados por la compra de vivienda sobre plano. Ningún comprador debe dar nada por perdido ya que la Ley está a su favor y debe luchar por recuperar lo que es suyo. Juntos estamos consiguiendo que se ponga fin a las injusticias que multitud de cooperativistas y compradores de vivienda sobre plano han sufrido en los últimos años”.
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